Hasta 2 años después del fallecimiento del beneficiario, o si el auxilio es por pensión de invalidez, que la fecha de estructuración no sea superior a dos años, con respecto a la fecha de reclamación.
Asociados: Empleados de alguna de las empresas de Grupo Éxito.
Otros Clientes: Personas o empresas que no son empleados de Grupo Éxito.