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Vida


Cobertura

  • Muerte
    • Al momento de la muerte por cualquier causa les daremos a quienes elijas como beneficiarios, todo el respaldo económico que hayas definido en el momento de comprar el seguro, para que ellos utilicen ese dinero y no pierdan su calidad de vida.
  • Invalidez, perdida o inutilización por enfermedad o accidente
    • Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad quedas inválido, es decir, pierdes de forma permanente el 50% o más de tu capacidad laboral, SURA te pagará el valor asegurado que tengas a la fecha del siniestro.
  • Doble indemnización en caso de muerte accidental
    • Si el fallecimiento es como consecuencia de un accidente, le entregamos a los beneficiarios una indemnización adicional igual al valor asegurado que tengas en el amparo de vida.
  • Enfermedades graves
    • Si en algún momento eres diagnosticado con alguna enfermedad grave, tendrás un respaldo económico suficiente para tu tratamiento, dependiendo del valor que asegures. Es necesario consultar la lista de enfermedades que cubrimos en las condiciones generales y especificas del producto más adelante.
  • Auxilio Funerario
    • En caso de que fallezcas, tus beneficiarios recibirán una suma de dinero adicional a la cobertura principal de este seguro. De esta forma cubrirán los gastos funerario necesarios.
  • Bono Canasta por 18 meses
    • En caso de invalidez o muerte, Seguros SURA te hará entrega del dinero a ti o a tus beneficiarios, para que sea utilizado libremente, según el plan que hayas contratado.
Conoce las tarifas completas:
Conoce más

¿Cómo hacer uso del seguro?

Conoce los documentos que debes preparar para iniciar la reclamación de alguna de las coberturas de este módulo

Requisito Módulo 1
¿Qué requisitos necesitas para reclamar? Vida, gastos funerarios, bono canasta Invalidez, pérdida o inutilización por enfermedad o accidente, bono canasta Doble indemnización en caso de muerte accidental Enfermedades graves Auxilio Funerario
Fotocopia del registro civil de defunción expedido en Colombia o certificado del DANE ✔️ ✔️
Fotocopia de cédula de ciudadanía del beneficiario o registro civil de nacimiento en caso de ser menor de edad ✔️ ✔️
Carta formato Sura que remplaza la declaración extrajuicio juramentada, para establecer beneficiarios de ley para valores asegurados que no superen los 50 salarios mínimos vigentes a la fecha de ocurrencia del siniestro ✔️ ✔️
Historia clínica desde la fecha del diagnóstico de la enfermedad o accidente ✔️ ✔️ ✔️ ✔️
Dictamen de calificación de Invalidez que hayan emitido las entidades habilitadas como: EPS, AFP, ARL y Juntas de Calificación de invalidez, pero en caso de discrepancia la calificación definitiva para este seguro será la que solicite SURA a la Junta Regional de Calificación de  Invalidez, o la de la Junta Nacional si tú o SURA apelan la decisión de la Junta
Regional
✔️
Certificado de necropsia o acta de levantamiento del cadáver donde se evidencia la causa de la muerte ✔️ ✔️
Certificado de incapacidad por EPS o ARL

Cuando redactes el correo, deberás incluir en el asunto la cobertura por la cual estas realizando la reclamación. Es de suma importancia que incluyas esta información para un trámite ágil