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Plan Vida Integral (Plan Cerrado)


Vida

  • Vida
    Al momento de la muerte por cualquier causa les daremos a quienes elijas como beneficiario, todo el respaldo económico que hayas definido en el momento de comprar el seguro.
  • Invalidez, perdida o inutilización por enfermedad o accidente
    Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad quedas invalido, es decir, pierdes de forma permanente el 50% o más de tu capacidad laboral, se te pagará el valor asegurado que tengas a la fecha del siniestro.
  • Doble indemnización en caso de muerte accidental
    Si el fallecimiento es como consecuencia de un accidente, le entregamos a los beneficiarios una indemnización adicional igual al valor asegurado que tengas en el amparo de vida.
  • Enfermedades graves
    Si en algún momento eres diagnosticado con alguna enfermedad grave, tendrás un respaldo económico suficiente para tu tratamiento, dependiendo del valor que asegures. Es necesario consultar la lista de enfermedades que cubrimos en las condiciones generales y especificas del producto más adelante.
  • Auxilio Funerario
    En caso de que fallezcas, tus beneficiarios recibirán una suma de dinero adicional a la cobertura principal de este seguro para cubrir gastos funerarios.
  • Bono Canasta por 18 meses
    En caso de invalidez o muerte, SBS Seguros te hará entrega del dinero a ti o a tus beneficiarios, para que sea utilizado libremente, según el plan que hayas contratado.

 

Documentos para realizar una reclamación

Conoce los documentos que debes preparar para iniciar la reclamación de alguna de las coberturas de este módulo.

Requisito Módulo 1
¿Qué requisitos necesitas para reclamar? Vida, gastos funerarios, bono canasta Invalidez, pérdida o inutilización por enfermedad o accidente, bono canasta Doble indemnización en caso de muerte accidental Enfermedades graves Auxilio Funerario
Fotocopia del registro civil de defunción expedido en Colombia o certificado del DANE ✔️ ✔️
Fotocopia de cédula de ciudadanía del beneficiario o registro civil de nacimiento en caso de ser menor de edad ✔️ ✔️
Carta formato Sura que remplaza la declaración extrajuicio juramentada, para establecer beneficiarios de ley para valores asegurados que no superen los 50 salarios mínimos vigentes a la fecha de ocurrencia del siniestro ✔️ ✔️
Historia clínica desde la fecha del diagnóstico de la enfermedad o accidente ✔️ ✔️ ✔️ ✔️
Dictamen de calificación de Invalidez que hayan emitido las entidades habilitadas como: EPS, AFP, ARL y Juntas de Calificación de invalidez, pero en caso de discrepancia la calificación definitiva para este seguro será la que solicite SURA a la Junta Regional de Calificación de  Invalidez, o la de la Junta Nacional si tú o SURA apelan la decisión de la Junta
Regional
✔️
Certificado de necropsia o acta de levantamiento del cadáver donde se evidencia la causa de la muerte ✔️ ✔️
Certificado de incapacidad por EPS o ARL

Realiza la solicitud de reclamación a través de https://www.sbseguros.co/, sección “Indemnizaciones” y a continuación “Cómo solicitar una indemnización”.

Accidentes Personales

  • Muerte accidental
    • En caso de que fallezcas a causa de un accidente, SBS Seguros te entrega una indemnización adicional a la de la cobertura de vida.
  • Invalidez Accidental adicional
    • Si como consecuencia de un accidente quedas inválido, SBS Seguros te paga una indemnización para que cubras los gastos según el valor que elijas.

 

Documentos para realizar una reclamación

Conoce los documentos que debes preparar para iniciar la reclamación de alguna de las coberturas de este módulo.

Requisito Módulo 2
¿Qué requisitos necesitas para reclamar? Muerte Accidental Invalidez Accidental adicional
Fotocopia del registro civil de defunción expedido en Colombia o certificado del DANE ✔️
Fotocopia de cédula de ciudadanía del beneficiario o registro civil de nacimiento en caso de ser menor de edad ✔️
Carta formato Sura que remplaza la declaración extrajuicio juramentada, para establecer beneficiarios de ley para valores asegurados que no superen los 50 salarios mínimos vigentes a la fecha de ocurrencia del siniestro ✔️
Historia clínica desde la fecha del diagnóstico de la enfermedad o accidente ✔️ ✔️
Dictamen de calificación de Invalidez que hayan emitido las entidades habilitadas como: EPS, AFP, ARL y Juntas de Calificación de invalidez, pero en caso de discrepancia la calificación definitiva para este seguro será la que solicite SURA a la Junta Regional de Calificación de  Invalidez, o la de la Junta Nacional si tú o SURA apelan la decisión de la Junta
Regional
✔️
Certificado de necropsia o acta de levantamiento del cadáver donde se evidencia la causa de la muerte ✔️
Certificado de incapacidad por EPS o ARL

Realiza la solicitud de reclamación a través de https://www.sbseguros.co/, sección “Indemnizaciones” y a continuación “Cómo solicitar una indemnización”.

Rentas

  • Renta por hospitalización
    • Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad eres hospitalizado, SBS Seguros te pagará, desde el primer día una renta diaria hasta por un máximo de 180 días por la vigencia de tu seguro. Ten en cuenta que cada día de hospitalización se cumplen al transcurrir 24 horas desde el momento del ingreso.
  • Renta adicional por hospitalización en cuidados intensivos
    • Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad eres hospitalizado, SBS Seguros te pagará, desde el primer día una renta diaria hasta por un máximo de 10 días por la vigencia de tu seguro.
  • Cirugía o Tratamiento ambulatorio
    • Si como consecuencia de un evento fortuito de salud debes asistir a un servicio de urgencias en una clínica u hospital y te realizan una cirugía ambulatoria o te aplican medicamento intravenoso o intramuscular SBS Seguros te pagará un único monto en dinero según lo que hayas pactado desde el momento de tu ingreso. Este valor se pagará solo una vez por la vigencia de tu seguro.
  • Renta por incapacidad pos hospitalaria o postquirúrgica
    • Si como consecuencia de un accidente o una enfermedad eres hospitalizado y luego te incapacitan, SBS Seguros te pagará desde el primer día de incapacidad hasta por un máximo de 6 días, el 50% del valor que hayas pactado para el amparo de renta.
  • Renta por incapacidad por accidente
    • Si como consecuencia de un accidente la EPS te incapacita, se te pagará a partir del octavo (8) día de incapacidad y hasta por 180 días, una renta diaria.
      Máximo 5 eventos por vigencia.

 

Documentos para realizar una reclamación

Conoce los documentos que debes preparar para iniciar la reclamación de alguna de las coberturas de este módulo.

Requisito Módulo 3
¿Qué requisitos necesitas para reclamar? Renta por hospitalización y  renta adicional por hospitalización en
cuidados intensivos
Cirugía o Tratamiento ambulatorio Renta por incapacidad:
Historia clínica desde la fecha del diagnóstico de la enfermedad o accidente ✔️ ✔️ ✔️
Certificado de incapacidad por EPS o ARL ✔️

Realiza la solicitud de reclamación a través de https://www.sbseguros.co/, sección “Indemnizaciones” y a continuación “Cómo solicitar una indemnización”.

Edades de ingreso y permanencia

Conoce las edades máximas de ingreso y permanencia para cada una de las coberturas de tu plan:

Coberturas Edad máxima de ingreso Edad máxima de permanencia
Módulo 1 – Vida
Vida (Muerte por cualquier causa, suicidio y homicidio desde el inicio) 70 años  85 años
Invalidez, desmembración o inutilización por accidente o enfermedad (INV) 69 años 70 años
Indemnización adicional por muerte accidental (incluye homicidio y terrorismo) 69 años 70 años
Enfermedades graves al 80% (aplica 3 meses después del ingreso al seguro) 60 años 65 años
Bono para gastos funerarios 69 años 70 años
Bono Canasta (correspondiente a 18 meses y se indemniza el monto total en un solo pago). Aplica para reclamaciones por Vida e Invalidez por accidente o enfermedad 69 años 70 años
Módulo 2 – Accidentes Personales
Muerte accidental (incluye homicidio) 69 años 70 años
Invalidez, desmembración o inutilización accidental 69 años 70 años
Módulo 3 –  Rentas
Renta diaria por hospitalización (Máx. 180
días/evento >24h – máximo 3 eventos por vigencia)
60 años 65 años
Renta diaria por Hospitalización en el exterior (Máximo 180 días/evento) 60 años 65 años
* Cirugía ambulatoria: 1 día por evento por
vigencia
60 años 65 años
* Incapacidad posthospitalaria o postquirúrgica (Máximo 6 días al 50% de la suma diaria asegurada) 60 años 65 años
* Hospitalización por complicaciones del embarazo o parto: máx. 2 días por evento y por vigencia anual. 60 años 65 años
Renta diaria por hospitalización en Unidad de Cuidados Intensivos (Máximo 10 días por vigencia anual) 60 años 65 años
*Tratamiento ambulatorio (solo 1 por vigencia) 60 años 65 años
Renta diaria por incapacidad temporal por accidente a partir del 8vo día (Máximo 180 días/evento – máximo 5 eventos por vigencia) 60 años 65 años